Cuando nos encontramos en la difícil situación de cesar a un empleado suelen surgir dudas legales. Algunas de las más frecuentes tienen que ver con el preaviso por despido, un tiempo que varía en función del tipo de despido, entre otras cuestiones. Despedir de forma correcta nos ahorrará numerosos problemas en el futuro, razón de más para repasar estas cuestiones recogidas en el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos.
Tabla de contenidos
Preaviso por despido en los despidos disciplinarios
El despido disciplinario es aquel que se da a causa de una conducta totalmente inaceptable por parte del trabajador, lo cual se convierte en una falta sancionable. La sanción más grave que se puede aplicar es el cese inmediato de la relación entre el trabajador y el empresario. En este caso, el preaviso por despido desaparece, de la misma forma que lo hace la compensación económica.
Se consideran conductas sancionables con este tipo de represalias las siguientes:
- Indisciplina o desobediencia continuada en el tiempo.
- Toxicomanía o estado de embriaguez en el horario laboral.
- Repetidas ausencias o retrasos injustificados.
- Transgredir los contratos de confidencialidad o de propiedad intelectual.
- Ofensas verbales o físicas.
- El acoso a otros compañeros por motivos discriminatorios.
- Otras causas establecidas por Convenio Colectivo.
El despido disciplinario se debe comunicar mediante una carta al trabajador, en dicha carta deben aparecer claramente los hechos que han llevado a tomar esta decisión, así como la fecha en la que el despido surtirá efecto.
También hay que entregar al trabajador una notificación por escrito en la que figuren los hechos que motivan el despido y los artículos legales a que se acoge la empresa para tomar esa decisión.
Una vez efectuado el despido, el trabajador cuenta con 20 días hábiles para presentar una demanda Judicial para impugnar el despido y clasificarlo como improcedente.
El despido continuará siendo procedente si la causa que lo motivó está perfectamente justificada.
Para evitar procedimientos engorrosos, es importante estar seguro de que el despido se sustenta de forma objetiva o de lo contrario nos veremos obligados a pagar una sanción por despido improcedente o, incluso, a tener que readmitir al trabajador pues, el despido sería impugnado.
Preaviso por despido en los despidos objetivos
Los despidos objetivos son aquellos que están causados por razones puramente objetivas como problemas económicos u organizativos. En esta ocasión, la indemnización por despido es igual a 20 días de salario por cada año de servicio, teniendo como tope el equivalente a 1 año de trabajo.
En cuanto al preaviso por despido, este caso está sujeto a una notificación ejecutada con 15 días de antelación a la fecha en la que se efectuará el despido. Si no se acata este plazo, el empleador puede decidir dar una compensación económica por la falta de preaviso.
Cuando el contrato se extingue por tratarse de un contrato temporal, la notificación debe entregarse 15 días antes de la fecha de finalización del contrato para poder considerarse un despido legal.
Como hemos dicho, una de las causas que pueden justificar un despido sin indemnización es la bajada de productividad del empleado voluntaria.
Con un software de evaluaciones podrás recopilar datos objetivos sobre el desempeño y analizar si el rendimiento ya no se ajusta a su contrato, si no ha cumplido con determinadas tareas o si algún proyecto se ha estancado. Además, genera informes objetivos para dejar por escrito el motivo del despido.
8 preguntas clave sobre el preaviso por despido
¿Dentro de qué plazo se debe entregar la copia de la carta de despido a la representación legal de los trabajadores?
La ley 2/1991 de 7 de enero, sobre Derechos de Información en Materia de Contratación fija este plazo en los 10 días siguientes a la comunicación al trabajador.
¿Qué derechos especiales tiene el trabajador durante el periodo de preaviso por despido?
El trabajador dispondrá de un permiso de 6 horas semanales destinadas a la búsqueda activa de empleo, retribuidas.
¿Se adquiere de forma automática este permiso?
No, para que se haga efectivo, el trabajador debe solicitarlo y justificar que la finalidad sí es la búsqueda de empleo.
¿Es deducible la indemnización por falta de preaviso por despido de los salarios de tramitación?
No, puesto que el incumplir el plazo de preaviso legal no minimiza los efectos del despido.
¿Puede el Fondo de Garantía Salarial abonar la indemnización por falta de preaviso por despido?
No, en ningún caso debe extraerse la indemnización de este fondo.
¿Es necesario dar un preaviso en el caso de un despido objetivo?
Sí, en este caso se debe notificar al empleado con un plazo de 15 días o, por el contrario, indemnizar al trabajador con el salario de tantos días como días no respete el preaviso.
En caso de no respetar el preaviso por despido, ¿qué naturaleza tiene la indemnización abonada?
Las indemnizaciones de cualquier tipo están exentas de cotización a la seguridad social.
¿Cómo puede el trabajador reclamar la falta de preaviso?
En caso de impugnar el despido, el trabajador cuenta con 20 días hábiles para llevar a cabo este procedimiento. De lo contrario, puede reclamar por procedimiento ordinario en un plazo de 12 meses a partir de la fecha en la que finalizó la relación laboral con la empresa.
A quién se debe notificar el despido
El artículo 53 del Estatuto de Trabajadores establece dentro de los requisitos normales que para proceder a un despido objetivo, este se debe notificar al trabajador así como a la representación de los trabajadores.
Aun así, el Estatuto no establece que se tenga que comunicar de forma simultánea por lo que, para disminuir los problemas derivados de la comunicación del despido, deberíamos comunicarlo a la representación de los trabajadores en fechas próximas a la comunicación al empleado.
Incumplimiento del preaviso por despido
Faltar a la ley incumpliendo los plazos mínimos establecidos para el preaviso de un despido conlleva una penalización tanto si el plazo es menor al legal como si, por el contrario, no ha existido notificación alguna. En cualquiera de estas situaciones, el empresario tiene la obligación de indemnizar al trabajador con el salario correspondiente a tantos días como jornadas se salte el preaviso.
Es decir, si se da un preaviso con tan solo 10 días de antelación, el empresario deberá abonar al trabajador la cantidad equivalente a los 5 días restantes de preaviso que por ley se deben dar.
En caso de no darse preaviso en absoluto, el empresario debe compensar al trabajador con el salario correspondiente a los 15 días.
Además, si en el momento del despido el trabajador aún no ha disfrutado de las vacaciones correspondientes al año en el que se ejecuta el despido, el empresario debe remunerarlas como si fueran días trabajados.
Debemos tener en cuenta que no dar preaviso no supone una razón de peso para impugnar el despido ya que, siempre y cuando se proceda a indemnizar al trabajador de la forma correspondiente, el despido seguirá siendo legal. Así lo establece el artículo 53.1.b del ET, en su punto cuatro:
“No obstante, la no concesión del preaviso (…) no determinará la improcedencia del despido, sin perjuicio de la obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho periodo”.
Por lo tanto, al plantearnos un despido objetivo debemos valorar si dar el preaviso por despido o apostar por una compensación económica que lo sustituya.
Con los gráficos de rotación de personal incluidos en nuestro software de informes de RR. HH. podrás saber con exactitud en qué departamento ha habido más cambios en la plantilla, si se han renovado, si se han quedado en la empresa, qué responsable o jefe de sección contrata o despide en mayor cantidad, y un multitud de variables que te permitirán tomar decisiones para contar con un equipo de trabajo que funcione a la perfección.
En caso de despido antes de trascurrir los 6 meses después del final del erte por el covid 19 la empresa deve devolver lo exonerado por cada trabajador que despide o lo exonerado por todos los trabajadores de la empresa??
muchas gracias de antemano
Buenos días.
Me han dado carta de despido con preaviso de 15 días por motivos objetivos de índole económica. Me han dicho q tengo 16 días y dispongo de 6 horas semanales para búsqueda de trabajo.
He encontrado un trabajo para comenzar 7 días antes q la fecha límite que me pone en el despido, antes de la finalización de los 15 días. Si me voy antes de esos 15 días pierdo la indemnización ?
Gracias.
Yo entiendo que sí ya que no se produciría el despido porque tú has renunciado con antelación voluntariamente. Trata de coger esos 7 días como vacaciones si te corresponden o pide a la nueva empresa comenzar más tarde con el fin de finalizar adecuadamente tu actual relación laboral.
hola buenas quería saber si estoy obligado hacer los 15 días de preaviso si la empresa me despide con un despido disciplinado? ya que he contrado otro trabajo y sería para empezar antes de poder acabar los 15 días que me dieron de preaviso